Bruselas apoya la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que invalida los laudos de los arbitrajes internacionales, sentencias que han condenado al Estado español a pagar cuatro indemnizaciones de las 41 denuncias que tiene hasta el momento.

Yago Álvarez @econocabreado – https://www.elsaltodiario.com/isds/comision-europea-declara-invalidas-multas-espana-recorte-renovables

El pasado 6 de marzo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) le dio la razón a Eslovaquia en su litigio contra la empresa de seguros holandesa Achmea y declaró que el tribunal de arbitraje internacional del tratado de inversiones bilateral entre la antigua Checoslovaquia y los Países Bajos excluye la competencia de los órganos jurisdiccionales eslovacos y neerlandeses y, por lo tanto, no puede calificarse de órgano jurisdiccional “de uno de los Estados miembros” y no está facultado para presentar una petición de decisión prejudicial ante el Tribunal de justicia.

Esta sentencia abría la puerta a que todas las demandas que pesan sobre el Gobierno de España por el corte de las subvenciones a las renovables —41 a día de hoy—, que podrían suponer indemnizaciones millonarias, fueran invalidadas al contemplar que dichos organismos no son competentes para presentar una petición de decisión prejudicial.

La Comisión Europea (CE) ha dado la razón al TJUE y ha declarado que dichos laudos internacionales que han condenado al Estado español, basándose en tratados bilaterales o en la Carta de la Energía, no son válidos y que son incompatibles con el ordenamiento jurídico de la UE.

Para el activista Tom Kucharz, de la campaña No Tratados Comerciales e Inversión, la noticia se tiene que tomar con cautela ya que ese mismo organismo es el que “impulsa al mismo tiempo tratados comerciales y de inversión, como por ejemplo con Canadá, Singapur, México o Japón, con los que se profundiza justamente el sistema de arbitraje que ahora cuestiona”, lo que, según el activista, “ahonda cada vez más en sus contradicciones respecto a su nefasta política comercial y de inversión”.

La Carta de la Energía, un acuerdo internacional que establece un esquema multilateral para la cooperación transfronteriza en la industria de la energía, es el principal tratado sobre el que se basan la mayoría de las denuncias presentadas ante organismos de arbitraje internacionales para reclamar al Gobierno español. Según la Comisión, este Tratado no puede utilizarse como base para la resolución de litigios entre los inversores de la UE y los Estados miembros de la Unión. El derecho de la UE, explica la CE en un comunicado, ya ofrece un marco jurídico general y eficaz, que incluye vías de recurso a los inversores de la UE cuando invierten en otro Estado miembro.

Por último, la Comisión ha anunciado que los tribunales de los Estados miembros «tienen la obligación de anular cualquier compensación arbitral concedida», en base a lo dictado por el TJUE.

Cuatro indemnizaciones pendientes de pago
Hasta el momento han sido cuatro las sentencias a favor de multinacionales y fondos que habían denunciado al Estado español por el recorte en las ayudas a las renovables, frente a otras dos a favor del Gobierno. La primera de ellas fue ante el Ciadi, tribunal de arbitraje dependiente del Banco Mundial, que condenó al Estado español a pagar 128 millones de euros, de los 300 que reclamaba la empresa. El segundo tuvo lugar frente a la Corte de Arbitraje de Estocolmo que condenó al Estado a pagar 53 millones de euros, de los 60 reclamados, a otra empresa que invirtió en renovables en la época en la que se concedían dichas ayudas a la industria energética.

La tercera fue también ante el Ciadi y condenaba a pagar a un fondo de inversión de la empresa Mabudala, del emirato de Abu Dabi, 64,5 millones de euros. Hace tan solo un mes, el 19 de junio, el Ciadi emitía la cuarta sentencia en contra del Estado español y le condenaba a pagar 112 millones, de los 218 que reclamaba la empresa, a la multinacional Antin.

Sumando las cuatro indemnizaciones, España debería pagar 367,5 millones de euros a esos fondos y multinacionales. Actualmente quedan 41 denuncias similares por resolverse que, en caso de que se falle en contra de España, podrían suponer más de 7.500 millones de euros en indemnizaciones. La mayoría de esas demandas son de inversores europeos, por lo que, según la sentencia del Tribunal de justicia europeo y estas recientes declaraciones de la CE, España no tendrá que indemnizar a esos inversores.

Sin embargo, alerta Kucharz, “hay demandas, como los últimos casos de inversores de Catar y Japón contra España, que no estarían afectadas por esta ‘nueva doctrina’ defendida por Bruselas”.

Quedan 41 denuncias por resolverse que, en caso de que se falle en contra de España, podrían suponer más de 7.500 millones de euros en indemnizaciones
La comisaria europea de Competencia, Margrethe Vestager, ya había solicitado al Gobierno que no pagara, sin antes consultar a la CE, los laudos arbitrales resultantes de las demandas, ya que cualquier Estado puede poner fin a un régimen de subsidios cuando lo considere oportuno. Tendremos que esperar a las reacciones por parte de Competencia y los movimientos del nuevo gobierno del PSOE en cuanto a los pagos de las indemnizaciones que están esperando a ser pagadas.

La Carta de la Energía
El Tratado sobre la Carta de la Energía es un acuerdo firmado en 1994 por 51 países de Europa y Ásia sobre el sector de la energía. Con la intención de blindar las inversiones de las multinacionales, este tratado brinda el derecho especial a los inversores para demandar a los estados ante tribunales arbitrales internacionales si un cambio legislativo o una expropiación afecta a sus beneficios presentes o futuros.

Para Kucharz es positivo que esta comunicación de la CE anuncie la invalidez del arbitraje de la Carta de la Energía, pero es cauto con este movimiento ya que, según explica a El Salto, “Bruselas está impulsando actualmente la ampliación de membresía del Tratado sobre la Carta de la Energía hacía África, Asia y Latinoamérica, así como la CE está volviendo a legitimar el sistema de arbitraje de inversiones mediante la propuesta de negociar en la Comisión de Derechos Mercantil de la ONU (Uncitral) el Tribunal Multilateral de Inversiones”. Otra de las contradicciones más de este anuncio por parte del organismo que preside Juncker. “Habrá que esperar a que la regulación europea resuelva las contradicciones evidentes, porque una comunicación no es legalmente vinculante, y la gran pregunta es si también los arbitrajes de inversión de inversores fuera de la UE son ilegales”, explica Kucharz.

Bruselas apoya la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que invalida los laudos de los arbitrajes internacionales, sentencias que han condenado al Estado español a pagar cuatro indemnizaciones de las 41 denuncias que tiene hasta el momento.

Yago Álvarez @econocabreado – https://www.elsaltodiario.com/isds/comision-europea-declara-invalidas-multas-espana-recorte-renovables

El pasado 6 de marzo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) le dio la razón a Eslovaquia en su litigio contra la empresa de seguros holandesa Achmea y declaró que el tribunal de arbitraje internacional del tratado de inversiones bilateral entre la antigua Checoslovaquia y los Países Bajos excluye la competencia de los órganos jurisdiccionales eslovacos y neerlandeses y, por lo tanto, no puede calificarse de órgano jurisdiccional “de uno de los Estados miembros” y no está facultado para presentar una petición de decisión prejudicial ante el Tribunal de justicia.

Esta sentencia abría la puerta a que todas las demandas que pesan sobre el Gobierno de España por el corte de las subvenciones a las renovables —41 a día de hoy—, que podrían suponer indemnizaciones millonarias, fueran invalidadas al contemplar que dichos organismos no son competentes para presentar una petición de decisión prejudicial.

La Comisión Europea (CE) ha dado la razón al TJUE y ha declarado que dichos laudos internacionales que han condenado al Estado español, basándose en tratados bilaterales o en la Carta de la Energía, no son válidos y que son incompatibles con el ordenamiento jurídico de la UE.

Para el activista Tom Kucharz, de la campaña No Tratados Comerciales e Inversión, la noticia se tiene que tomar con cautela ya que ese mismo organismo es el que “impulsa al mismo tiempo tratados comerciales y de inversión, como por ejemplo con Canadá, Singapur, México o Japón, con los que se profundiza justamente el sistema de arbitraje que ahora cuestiona”, lo que, según el activista, “ahonda cada vez más en sus contradicciones respecto a su nefasta política comercial y de inversión”.

La Carta de la Energía, un acuerdo internacional que establece un esquema multilateral para la cooperación transfronteriza en la industria de la energía, es el principal tratado sobre el que se basan la mayoría de las denuncias presentadas ante organismos de arbitraje internacionales para reclamar al Gobierno español. Según la Comisión, este Tratado no puede utilizarse como base para la resolución de litigios entre los inversores de la UE y los Estados miembros de la Unión. El derecho de la UE, explica la CE en un comunicado, ya ofrece un marco jurídico general y eficaz, que incluye vías de recurso a los inversores de la UE cuando invierten en otro Estado miembro.

Por último, la Comisión ha anunciado que los tribunales de los Estados miembros «tienen la obligación de anular cualquier compensación arbitral concedida», en base a lo dictado por el TJUE.

Cuatro indemnizaciones pendientes de pago
Hasta el momento han sido cuatro las sentencias a favor de multinacionales y fondos que habían denunciado al Estado español por el recorte en las ayudas a las renovables, frente a otras dos a favor del Gobierno. La primera de ellas fue ante el Ciadi, tribunal de arbitraje dependiente del Banco Mundial, que condenó al Estado español a pagar 128 millones de euros, de los 300 que reclamaba la empresa. El segundo tuvo lugar frente a la Corte de Arbitraje de Estocolmo que condenó al Estado a pagar 53 millones de euros, de los 60 reclamados, a otra empresa que invirtió en renovables en la época en la que se concedían dichas ayudas a la industria energética.

La tercera fue también ante el Ciadi y condenaba a pagar a un fondo de inversión de la empresa Mabudala, del emirato de Abu Dabi, 64,5 millones de euros. Hace tan solo un mes, el 19 de junio, el Ciadi emitía la cuarta sentencia en contra del Estado español y le condenaba a pagar 112 millones, de los 218 que reclamaba la empresa, a la multinacional Antin.

Sumando las cuatro indemnizaciones, España debería pagar 367,5 millones de euros a esos fondos y multinacionales. Actualmente quedan 41 denuncias similares por resolverse que, en caso de que se falle en contra de España, podrían suponer más de 7.500 millones de euros en indemnizaciones. La mayoría de esas demandas son de inversores europeos, por lo que, según la sentencia del Tribunal de justicia europeo y estas recientes declaraciones de la CE, España no tendrá que indemnizar a esos inversores.

Sin embargo, alerta Kucharz, “hay demandas, como los últimos casos de inversores de Catar y Japón contra España, que no estarían afectadas por esta ‘nueva doctrina’ defendida por Bruselas”.

Quedan 41 denuncias por resolverse que, en caso de que se falle en contra de España, podrían suponer más de 7.500 millones de euros en indemnizaciones
La comisaria europea de Competencia, Margrethe Vestager, ya había solicitado al Gobierno que no pagara, sin antes consultar a la CE, los laudos arbitrales resultantes de las demandas, ya que cualquier Estado puede poner fin a un régimen de subsidios cuando lo considere oportuno. Tendremos que esperar a las reacciones por parte de Competencia y los movimientos del nuevo gobierno del PSOE en cuanto a los pagos de las indemnizaciones que están esperando a ser pagadas.

La Carta de la Energía
El Tratado sobre la Carta de la Energía es un acuerdo firmado en 1994 por 51 países de Europa y Ásia sobre el sector de la energía. Con la intención de blindar las inversiones de las multinacionales, este tratado brinda el derecho especial a los inversores para demandar a los estados ante tribunales arbitrales internacionales si un cambio legislativo o una expropiación afecta a sus beneficios presentes o futuros.

Para Kucharz es positivo que esta comunicación de la CE anuncie la invalidez del arbitraje de la Carta de la Energía, pero es cauto con este movimiento ya que, según explica a El Salto, “Bruselas está impulsando actualmente la ampliación de membresía del Tratado sobre la Carta de la Energía hacía África, Asia y Latinoamérica, así como la CE está volviendo a legitimar el sistema de arbitraje de inversiones mediante la propuesta de negociar en la Comisión de Derechos Mercantil de la ONU (Uncitral) el Tribunal Multilateral de Inversiones”. Otra de las contradicciones más de este anuncio por parte del organismo que preside Juncker. “Habrá que esperar a que la regulación europea resuelva las contradicciones evidentes, porque una comunicación no es legalmente vinculante, y la gran pregunta es si también los arbitrajes de inversión de inversores fuera de la UE son ilegales”, explica Kucharz.