Un plan de mínimos para implantar normas sobre derechos humanos en las empresas
El nuevo proyecto no crea nuevas obligaciones de derecho internacional ni dejadez de las asumidas

Santiago González Vallejo
cincodias.elpais.com

El Gobierno aprobó el 28 de julio el Plan de Acción Nacional de Empresas y Derechos Humanos. Su finalidad es aplicar los principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos de las Naciones Unidas. No presenta una gran novedad. España tiene suscritas desde 2011 las líneas directrices de la OCDE para empresas multinacionales, elaboradas, al igual que dicho plan, siguiendo esos principios rectores que se mueven en el ámbito de la responsabilidad social corporativa. Es decir, la voluntariedad de la empresa para desarrollar mecanismos de diligencia debida de proteger, respetar y remediar daños causados por su actividad empresarial, tanto por la matriz como en sus filiales.

El plan no supone crear nuevas obligaciones de derecho internacional ni dejadez de las asumidas. Y ese es su defecto. Porque si bien hay que valorar que la reputación de la empresa está en juego en sus actuaciones u omisiones, sabemos que existen por parte de las grandes empresas mecanismos y capacidad para evitar que se vea afectada. En muchos casos es una cuestión de dinero e influencia política y, las más, poner velos societarios para diluir responsabilidades en la cadena de valor.

Este elemento es uno de los centrales de las discusiones. Pasar de la voluntariedad y promesa de las empresas, todo el aparataje de la responsabilidad social corporativa, y llegar a la norma jurídica sobre la obligación de cumplir la norma ya existente, el respeto a los derechos humanos y la posibilidad de crear instrumentos reales para poder presentar una denuncia en caso de incumplimiento y lograr una resolución sobre la misma y la reparación consiguiente.

España sí ha apoyado la Declaración Tripartita de Principios y Derechos Fundamentales de la OIT. En esta hay una mejora de procedimiento sobre los actuales Puntos Nacionales de Contacto de las Líneas Directrices sobre Multinacionales de la OCDE. En los que existen y hay alguna virtualidad, se pueden presentar denuncias de presuntos malos comportamientos de las empresas, pero que no tienen poder para dirimirlas si la empresa, con toda la RSC que publique y la debida diligencia que proclame como marketing, así no lo quiera.

Por eso, la elaboración del plan ha llevado varios años. En 2013 y 2104 se estuvo discutiendo la formulación del mismo, pero no hubo acuerdo. En el actual plan, ya en vigor, el Gobierno descartó la participación de la sociedad civil. En ambos casos, tanto en el borrador antiguo como en la actualidad, han omitido la creación de normas jurídicamente vinculantes y ni siquiera ha habido voluntad de introducirlas en el contenido de los tratados de comercio e inversiones para que hubiera cláusulas sociales y laborales. Tampoco sobre la exclusión en la contratación pública de empresas que actúen en paraísos fiscales. Porque los paraísos fiscales o la ingeniería fiscal atenta contra la capacidad de provisión de servicios públicos favoreciendo solo a los accionistas de las empresas.

Por lo tanto, la aprobación del plan se produce con mucho retraso y para salir del paso, como elemento previo a la candidatura española para ser uno de los 47 miembros del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, cosa ya lograda.

Pero la declaración de la OIT y las líneas directrices siguen navegando en aguas poco comprometidas. Por eso es sintomático que España, junto con el resto de los países de la UE y otros Estados de gran predominio de multinacionales, no apoyasen la constitución de un grupo de trabajo dentro de ese Consejo de Derechos Humanos para la formalización de un tratado vinculante sobre derechos humanos y transnacionales. La UE sí ha estado presente en la segunda sesión el año pasado. Su contribución fue incorporar el que ese potencial tratado incorporase a las transnacionales “y otras empresas” y que se explicitara que mientras no estuviera en vigor el tratado vinculante, siguieran aplicándose los principios y los otros acuerdos.

El hecho de no mencionarse ese posible tratado en el plan, cuando el borrador del proyecto de tratado ya circula y estaba preparándose en estos meses, ni haber una exclusión de empresas con malas prácticas en la ley de contratación pública desdibuja la postura del Gobierno y nuestro deseo de que se convierta en un socio leal y constructivo para que salga adelante, con mayúsculas, un buen tratado.

Un plan de mínimos para implantar normas sobre derechos humanos en las empresas
El nuevo proyecto no crea nuevas obligaciones de derecho internacional ni dejadez de las asumidas

Santiago González Vallejo
cincodias.elpais.com

El Gobierno aprobó el 28 de julio el Plan de Acción Nacional de Empresas y Derechos Humanos. Su finalidad es aplicar los principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos de las Naciones Unidas. No presenta una gran novedad. España tiene suscritas desde 2011 las líneas directrices de la OCDE para empresas multinacionales, elaboradas, al igual que dicho plan, siguiendo esos principios rectores que se mueven en el ámbito de la responsabilidad social corporativa. Es decir, la voluntariedad de la empresa para desarrollar mecanismos de diligencia debida de proteger, respetar y remediar daños causados por su actividad empresarial, tanto por la matriz como en sus filiales.

El plan no supone crear nuevas obligaciones de derecho internacional ni dejadez de las asumidas. Y ese es su defecto. Porque si bien hay que valorar que la reputación de la empresa está en juego en sus actuaciones u omisiones, sabemos que existen por parte de las grandes empresas mecanismos y capacidad para evitar que se vea afectada. En muchos casos es una cuestión de dinero e influencia política y, las más, poner velos societarios para diluir responsabilidades en la cadena de valor.

Este elemento es uno de los centrales de las discusiones. Pasar de la voluntariedad y promesa de las empresas, todo el aparataje de la responsabilidad social corporativa, y llegar a la norma jurídica sobre la obligación de cumplir la norma ya existente, el respeto a los derechos humanos y la posibilidad de crear instrumentos reales para poder presentar una denuncia en caso de incumplimiento y lograr una resolución sobre la misma y la reparación consiguiente.

España sí ha apoyado la Declaración Tripartita de Principios y Derechos Fundamentales de la OIT. En esta hay una mejora de procedimiento sobre los actuales Puntos Nacionales de Contacto de las Líneas Directrices sobre Multinacionales de la OCDE. En los que existen y hay alguna virtualidad, se pueden presentar denuncias de presuntos malos comportamientos de las empresas, pero que no tienen poder para dirimirlas si la empresa, con toda la RSC que publique y la debida diligencia que proclame como marketing, así no lo quiera.

Por eso, la elaboración del plan ha llevado varios años. En 2013 y 2104 se estuvo discutiendo la formulación del mismo, pero no hubo acuerdo. En el actual plan, ya en vigor, el Gobierno descartó la participación de la sociedad civil. En ambos casos, tanto en el borrador antiguo como en la actualidad, han omitido la creación de normas jurídicamente vinculantes y ni siquiera ha habido voluntad de introducirlas en el contenido de los tratados de comercio e inversiones para que hubiera cláusulas sociales y laborales. Tampoco sobre la exclusión en la contratación pública de empresas que actúen en paraísos fiscales. Porque los paraísos fiscales o la ingeniería fiscal atenta contra la capacidad de provisión de servicios públicos favoreciendo solo a los accionistas de las empresas.

Por lo tanto, la aprobación del plan se produce con mucho retraso y para salir del paso, como elemento previo a la candidatura española para ser uno de los 47 miembros del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, cosa ya lograda.

Pero la declaración de la OIT y las líneas directrices siguen navegando en aguas poco comprometidas. Por eso es sintomático que España, junto con el resto de los países de la UE y otros Estados de gran predominio de multinacionales, no apoyasen la constitución de un grupo de trabajo dentro de ese Consejo de Derechos Humanos para la formalización de un tratado vinculante sobre derechos humanos y transnacionales. La UE sí ha estado presente en la segunda sesión el año pasado. Su contribución fue incorporar el que ese potencial tratado incorporase a las transnacionales “y otras empresas” y que se explicitara que mientras no estuviera en vigor el tratado vinculante, siguieran aplicándose los principios y los otros acuerdos.

El hecho de no mencionarse ese posible tratado en el plan, cuando el borrador del proyecto de tratado ya circula y estaba preparándose en estos meses, ni haber una exclusión de empresas con malas prácticas en la ley de contratación pública desdibuja la postura del Gobierno y nuestro deseo de que se convierta en un socio leal y constructivo para que salga adelante, con mayúsculas, un buen tratado.